La pensión de jubilación tiene como finalidad cubrir la pérdida de ingresos que vamos a experimentar al finalizar nuestra vida laboral. Para garantizar un nivel de vida digno para los jubilados, en España existe el complemento de la pensión mínima. ¿Quieres saber más sobre este concepto? Sigue leyendo y descubre qué es y si puedes acceder a él para incrementar tu pensión.
En nuestro país todas las prestaciones públicas tienen un límite máximo y mínimo, y las pensiones de jubilación no son una excepción. Si cobras una pensión contributiva, el importe mensual de la misma no puede estar nunca por debajo del límite mínimo fijado legalmente.
Ahora bien, puede ocurrir que debido a tu cotización la cantidad que te corresponda cobrar esté por debajo de esa cuantía mínima. Pues bien, es entonces cuando entra en juego el complemento de la pensión mínima.
El conocido como complemento por mínimo es una cantidad complementaria que se añade al importe de la pensión a fin de que la cuantía de la misma llegue hasta el mínimo legal.
Si la suma de los rendimientos económicos del pensionista (rendimientos del capital mobiliario o inmobiliario, ganancias patrimoniales, etc.) y la suma de la pensión contributiva está por debajo del importe mínimo fijado legalmente, el complemento será la diferencia entre esas dos cantidades.
La solicitud para cobrar este complemento puede hacerse en el mismo momento en que se reconoce la pensión. En caso de que la petición se haga de forma posterior, el complemento tendrá una retroactividad máxima de tres meses.
Para poder acceder a este complemento es necesario:
Mientras que la pensión de jubilación tiene carácter vitalicio, con el complemento a mínimos no ocurre lo mismo. Hay que tener en cuenta que en estos casos no solo se tiene en cuenta la cuantía de la pensión sino también las rentas que pueda recibir el jubilado a través de otros medios. Si llega el momento en que las rentas del jubilado hacen que sus ingresos estén por encima del límite mínimo, perderá su derecho a cobrar el complemento a mínimos.
Supongamos que el padre de Pepe Promedio está jubilado y percibe una pensión mínima contributiva con el correspondiente complemento a mínimos. Pero llegado un determinado momento realiza una operación de hipoteca inversa y empieza a recibir rentas mensuales por ello. Si sumando su pensión y estas rentas excede de la cantidad establecida como pensión mínima, dejará de percibir el complemento.
Si el perceptor del complemento continúa cumpliendo con los requisitos para ello, lo sigue recibiendo sin necesidad de tener que comunicar nada al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Ahora bien, si se perciben o se prevén percibir rentas acumuladas superiores al límite establecido para este complemento, entonces sí hay que comunicarlo al INSS. Trámite que puede realizarse directamente a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social.
El cobro del complemento es incompatible con la percepción de rendimientos del trabajo, del capital, de actividades económicas y también con las ganancias patrimoniales si los mismos exceden del mínimo legal establecido (se actualiza cada año).
El complemento de la pensión mínima garantiza que todos los jubilados van a percibir una cantidad mínima que les permita continuar con su vida. Sin embargo, las cuantías de las pensiones mínimas difícilmente permiten mantener una calidad de vida digna. Por eso, lo mejor es tomar ya cartas en el asunto y empezar a preparar la jubilación.
Nuestra recomendación es que contactes con un asesor experto en educación y planificación financiera que te ayude a definir tus objetivos de cara al futuro y a escoger los productos de ahorro e inversión más adecuados. Así, cuando por fin llegue el momento de la jubilación podrás disfrutar de ella con bienestar económico.
Queremos explicarte el caso de Luis Pita...
Mi nombre es Luis y mi libertad financiera es de 14 años. Es decir, si mañana dejase mi empleo, podría mantener el mismo nivel de vida sin trabajar hasta 2038.
Soy autor del best seller “Ten peor coche que tu vecino” y me has visto enseñando ahorro y finanzas personales en TVE, Telecinco, Cuatro, La 2, Telemadrid y las principales radios.
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