La jubilación anticipada será más costosa y difícil de conseguir

Todos los ciudadanos inmersos en programas de prejubilación en sus antiguas empresas se verán afectados por la medida, que llegará en abril, y que prevé endurecer las condiciones de acceso a la jubilación antes de los 67 años. Los mayores de 50 años son los más afectados por las reformas de las pensiones: se les cambian las reglas del juego cuando están a punto de cruzar la puerta de la jubilación o en los años más importantes para calcular su futura pensión. Así ocurrió con la Ley de la Seguridad Social de 2011; y así sucederá con los cambios que prepara el Gobierno para acotar, de nuevo, la jubilación anticipada. Las modificaciones son significativas, porque muchas empresas están recurriendo a esta fórmula para reducir plantilla. Pero ni quienes ya se encuentren incluidos en esos planes de reestructuración, ni quienes vayan a estarlo a partir de ahora podrán librarse de los cambios, que llegarán previsiblemente a partir de abril y que implicarán una prejubilación más exigente, más avanzada en edad y con un coste para el ciudadano superior al actual. Hasta el año pasado, podían acceder a la jubilación anticipada los trabajadores de 61 años que tuvieran cotizados, al menos, 30 años. Ahora pueden hacerlo quienes tengan 63 años, con, al menos, 33 ejercicios cotizados; o ciudadanos de 61 años, siempre que sea como consecuencia de un despido objetivo. A este régimen de reciente aplicación le queda poco tiempo de vida. Más tiempo y más años cotizados Así lo estiman los expertos jurídicos consultados por FINANZAS.COM. «Se prevé un endurecimiento de las condiciones y se espera que la edad mínima para la jubilación pase de 63 a 64 o 65 años», explica Juan Antonio Balmaseda, experto de Optima Financial Planners. «Además, es posible que frente a los 33 años requeridos actualmente se exija más tiempo cotizado», puntualiza. Balmaseda apunta que, en cualquier caso, «los cambios se aplicarían poco a poco, y no de forma repentina». Es decir, que se podría aprobar un calendario de adaptación a lo largo de varios años, como ha ocurrido con la prolongación de la vida laboral hasta 2027. «Sería necesario aplicarlo desde el primer momento, aunque sea antipopular y posiblemente se prolongará a lo largo del tiempo», afirma Luis Sáez de Jáuregui, director de Vida, Pensiones y Servicios Financieros en AXA España. ¿Planes empresariales desfasados? Estos cambios complican los planes que tenían hasta ahora muchos trabajadores. Por ejemplo, quienes se encuentran inmersos en los programas de despidos de empresas, por los que las compañías cotizaban por ellos, a través de convenios especiales con la Seguridad Social, hasta los 61 o 63 años. «La norma afectará a todos los trabajadores acogidos a estos planes, ya se hayan firmado antes o después de la reforma de abril», explica Juan Antonio Balmaseda. «Es posible que tengan que esperar algunos meses más para poder acceder a la jubilación anticipada», explica. Como cada perfil es diferente, Luis Sáez de Jáuregui recomienda analizar los términos del contrato que se haya firmado con la que fue su empresa. «Si en ese documento se indica que la empresa se compromete a cotizar por el trabajador hasta (la primera edad en que el ciudadano acceda a la jubilación), no habrá problemas», apunta este experto de Axa. Pero si en el contrato se define una edad concreta en la cual la empresa deja de cotizar por el ex empleado, «ese ciudadano podría quedarse sin cobertura durante un tiempo». En este sentido, Juan Alonso Berberena, abogado de Salans, advierte: «Si tenemos en cuenta la situación económica de las compañías, esta compensación que pudiesen ofrecer es cada vez más difícil de conseguir por parte del trabajador» en los años previos a la jubilación. Penalizar aún más Además, el importe de las pensiones calculadas según la normativa actual también podría modificarse. El Gobierno también pretende que el coeficiente reductor (el porcentaje que se resta de la pensión que debería recibir un trabajador por cada trimestre que anticipe su acceso al sistema de pensiones) se calcule sobre la edad legal de jubilación (65 a 67 años, dependiendo del ejercicio) y sobre la base reguladora del cotizante. Es decir, se penalizará más si un ciudadano se adelanta al cobro de su prestación. «El problema es que existen diferentes tablas reductoras, según los tipos de trabajadores y eso hay que unificarlo», explica Luis Sáez de Jáuregui. Este experto considera que «los reductores actuales más bajos tenderán a acercarse al ocho por ciento anual». E incluso no descarta que se incrementen al 10 por ciento. Si esta medida se aprueba, «también debería aumentar el porcentaje que se le ofrece al ciudadano por prolongar su vida laboral», en proporción a la reducción que se le aplique a quien anticipe su edad de jubilación con respecto a la legal. Fuente: finanzas.com
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