El blog de Pepe Promedio

Seguro de impago de alquiler: qué es y cuáles son sus ventajas

En el ya de por sí convulso mercado inmobiliario, los alquileres están últimamente en boca de todos. Los pisos turísticos, las mafias que realquilan los pisos, los inquilinos morosos… y, en general, la crisis económica y laboral son los causantes de que los propietarios busquen formas de proteger sus intereses. En la actualidad, hay una nueva fórmula con la que los propietarios se cubren las espaldas ante posibles impagos. Se trata del seguro de impago de alquiler; en este artículo te contamos qué es y cuáles son sus ventajas.

New Call-to-action

Qué es el seguro de impago de alquiler

Cada día más propietarios se deciden a contratar un seguro de impago de alquiler. Principalmente, porque el arrendador quiere estar tranquilo y protegido ante las situaciones de riesgo que entraña alquilar una vivienda.  

El objetivo del seguro es garantizarle al propietario el pago de la renta en caso de que ocurra alguna de las contingencias que se recojan en la póliza. Es decir, se garantiza la recuperación de las rentas impagadas y, si el inquilino ha ocasionado desperfectos en la vivienda, una recompensa por los daños.

Este producto financiero es, además una herramienta muy útil que ayuda al propietario a elegir mejor a su inquilino. Contratando el seguro, el arrendador puede contar con los servicios de la aseguradora para estudiar la solvencia de los candidatos. Así, se analiza la viabilidad de los pagos mensuales del alquiler de los posibles inquilinos.

Para los inquilinos, este seguro también tiene algunas ventajas. La más importante es que no necesitará tener un dinero inmovilizado en el banco en concepto de aval bancario. 

El estudio de la solvencia del inquilino

Hace algunos años, la forma más utilizada para demostrar la solvencia del inquilino era presentar un aval bancario. Pero en la actualidad, la tendencia es contratar un seguro de impago de alquiler. Por eso, uno de los primeros pasos que deben prever los propietarios es estudiar la solvencia financiera del arrendatario. De esta forma se evita la posible morosidad.  

Para ello, la aseguradora deberá tener cierta documentación del probable inquilino:

    • Si este tiene un contrato indefinido o temporal, se le solicitará el DNI, el contrato laboral y las últimas tres nóminas.
    • Si el inquilino es autónomo, se le solicitará el DNI, la última declaración de la renta, los dos últimos trimestres del IVA o IRPF y las últimas tres cuotas de autónomos.
  • Si el inquilino es pensionista, se le solicitará el DNI, el certificado de pensiones de la Seguridad Social y los tres últimos ingresos de la pensión.

Qué tipos de seguro de impago de alquiler existen

Hay, al menos, dos modalidades de seguro de impago de alquiler:

    1. Seguro de impago de alquiler: Es el seguro de protección del impago del alquiler propiamente dicho. De esta manera, el dueño recibiría el importe correspondiente al alquiler mensual en caso de que el inquilino no abone la renta. Además, hay la posibilidad de tener defensa jurídica.
  1. Cláusula de impago de alquiler del seguro de hogar: Tiene la misma cobertura básica que la modalidad anterior pero no es tan completa y hay más riesgo para el arrendador.

Qué cubre el seguro de impago del alquiler

Aunque la cobertura más llamativa es la de asegurar el pago de la mensualidad del alquiler, existen otros riesgos que este seguro aporta al propietario: 

    • Riesgo de impago: Lo más habitual es que las aseguradoras garanticen el pago de 12 cuotas sin pagar o hasta 3.000 euros al mes. Ahora bien, es importante saber que para que el propietario reciba el dinero debe existir una resolución judicial definitiva que demuestre que el inquilino es moroso.
    • Defensa jurídica: La aseguradora suele cubrir la defensa jurídica y los demás gastos judiciales. Estos costos, por lo general, están cubiertos hasta los 3.000 euros.
  • Actos vandálicos y desperfectos del inmueble: La aseguradora solo se hace cargo de los desperfectos ocasionados por el inquilino una vez que ha sido desahuciado; es decir, no incluye los daños producidos cuando el inmueble estaba en alquiler.

Cómo contratar el seguro de impago de alquiler

Si tienes una vivienda en alquiler debes saber que contratar y pagar este seguro corre de tu parte. Es decir, serás quién contrata el seguro y pagarás la cuota de la póliza a la aseguradora para estar cubierto por riesgo de impago y desperfectos causados.

Para ello, se deben tener cumplir con ciertos requisitos que te detallamos a continuación:

Lo primero y fundamental es que antes de formalizar el contrato del seguro, la aseguradora estudie la solvencia financiera del inquilino. Al posible inquilino se le exige además:

    • No estar registrado en ningún tipo de base de morosos.
    • Que la renta anual del alquiler no supere el 45% de sus ingresos anuales netos.
  • Un contrato laboral superior a un año. 

Además, lo más recomendable es que el contrato de arrendamiento tenga una duración superior a un año. 

Si estás interesado en contratar un seguro como este y necesitas asesoramiento, pregunta en tu correduría de seguros. De esta forma, encontrarás el seguro de impago de alquiler que mejor se adapte a tus necesidades. Recuerda, lo fundamental para manejar con solvencia tus finanzas es acceder a una mejor cultura financiera y elegir con conocimiento de causa.

New Call-to-action

__________________________________________________

¿Y AHORA, QUÉ DEBERÍAS HACER?

Queremos explicarte el caso de Luis Pita...

Mi nombre es Luis y mi libertad financiera es de 14 años. Es decir, si mañana dejase mi empleo, podría mantener el mismo nivel de vida sin trabajar hasta 2038.

Soy autor del best seller “Ten peor coche que tu vecino” y me has visto enseñando ahorro y finanzas personales en TVE, Telecinco, Cuatro, La 2, Telemadrid y las principales radios.

Si quieres disfrutar de tanta libertad financiera como yo, te interesa este curso gratuito:

Ver todo

Quizá te puede interesar…