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¿Es posible desgravar el seguro de vida en la declaración de la renta?

¿El seguro de vida desgrava? Es habitual desconocer muchos de los aspectos técnicos de la declaración de la renta, como por ejemplo qué tipo de pagos se pueden desgravar y cuáles no. En este sentido, ¿sabes que puedes desgravar el seguro de vida? Ciertamente, algunos de los productos que venden las aseguradoras cumplen ciertos requisitos, que hacen que se puedan desgravar en la declaración de la renta. En este post te contamos todo al respecto.

Ventajas de tener un seguro de vida

Antes de analizar la posibilidad de desgravar el seguro de vida, conviene repasar algunas de las ventanas de contratar una póliza de este tipo:

Protección financiera para la familia

En el caso de personas que todavía no han terminado de construir su colchón financiero, contratar un seguro de vida es una buena forma de proteger a la familia para el caso de que se produzca el fallecimiento de uno de sus miembros.

Así, el superviviente tiene asegurada una cantidad que le permitirá sufragar gastos como la hipoteca, pagar deudas, atender a las necesidades de los hijos, etc.

Paz mental

Para muchas personas, un seguro de este tipo aporta paz mental. Una tranquilidad que deriva de saber que a la familia no le va a faltar nada a nivel económico si fallece uno de sus principales sostenes económicos.

Esta tranquilidad es aún mayor, si se tiene en cuenta que muchos de estos seguros se pueden cobrar en caso de que el tomador sufra una incapacidad permanente absoluta que le inhabilite para trabajar.

Acceso a beneficios fiscales

Como vamos a ver a continuación, contratar un seguro de vida puede dar lugar (en ciertos casos) a una deducción en el importe del IRPF. Esto significa obtener un ahorro fiscal.

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¿Qué seguros de vida se desgravan?

Como hemos dicho, es posible desgravar el seguro de vida, aunque no en todos los casos. Para poder introducirlos en la declaración de la renta, los seguros deben ser de un tipo concreto, deben cumplir ciertos requisitos

A continuación te compartimos los seguros de vida deducibles en la declaración de la renta:

Seguros de vida con un plan de ahorro

Son seguros de gran similitud con los planes de pensiones, ya que tributan de manera similar. Para saber el importe a deducir, se multiplica el dinero aportado al plan de ahorro, por el tipo marginal que se haya establecido en el plan. El límite es de 8.000 €, aunque en algunos casos se puede ampliar. Por ejemplo, por cónyuge con ingresos inferiores a 8.000 € se puede ampliar 2.500 €. En el País Vasco y Navarra, tienen límites más bajos.

Es necesario recordar que cuando el seguro de vida esté relacionado con un plan de ahorro, ese concepto se posicionará en la casilla 25 de la declaración de la renta.

Seguro de vida convencional

Este tipo de seguro solo se puede desgravar si va asociado a un plan de ahorro o si se es  autónomo. Si eres autónomo, puedes incluir el seguro de Salud, el de Baja Laboral, el de Enfermedades Graves, etc. Son deducibles tanto el seguro propio como el del cónyuge o hijos menores de 25 años con los que se convive. El límite es de 500 € por persona.

Seguro de vida vinculado a la hipoteca

Se puede desgravar el seguro de vida de las hipotecas contratadas antes del 1 de Enero de 2013. Puedes deducir hasta un 15% de un máximo de 9.040€ de la cantidad destinada a la compra de la casa. Por ejemplo, si pagas 7.200€ de hipoteca, 150€ de seguro de vida y 150€ de seguro de hogar, puedes deducir el 15% de 7.500€. 

¿Cómo se  desgrava el seguro de vida?

Para poder incluir un seguro de vida en la declaración, es muy importante saber quién es el beneficiario, ya que se tributa de distinta manera. 

  • Si eres tú quien toma el seguro y quién se beneficia, se declara en la parte del IRPF
  • Si es otra persona, esto debe indicarse en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones.

Además, la manera en la que se cobra el seguro también influye en cómo se declara:

Si se cobra en forma de capital, se tributa por la diferencia entre el importe que se percibe y el importe que se abona:

  • 21% si la cantidad es inferior a 6.000€.
  • 25% para cantidades entre 6.000€ y 24.000€.
  • 27% para cantidades mayores a 24.000€.

Si se cobra en forma de rentas, se diferencia en cómo se reparte la rentabilidad. Esta puede ser temporal o vitalicia. Si es vitalicia, se reparte la renta en los 10 primeros años de cobro. Si es temporal, se aplica a cada anualidad estos porcentajes:

  • 12% si la renta es de 5 o menos años.
  • 16% si dura entre 5 y 10 años.
  • 20% si dura entre 10 y 15 años.
  • 25% si la renta es mayor a 15 años.

Ahora que ya sabes que puedes desgravar un seguro de vida, revisa tus seguros y sabrás si lo puedes declarar en la declaración de la renta, o no. Revísalo bien y, si no lo tienes claro, te aconsejamos que busques asesoramiento en este sentido.

¿Qué otros seguros es posible deducir en la declaración de la renta?

Seguro de salud

Solamente los autónomos pueden deducir el seguro médico privado contratado por el contribuyente, para él o sus familiares. Para que sea deducible, el seguro debe cubrir, como mínimo, a la persona contratante, su cónyuge e hijos menores de 25 años que convivan en el mismo domicilio.

Seguro de coche

El seguro de coche no desgrava en la declaración de la renta como tal. Pero sí que algunos de los gastos relacionados con la utilización del vehículo, pueden ser deducibles. Para ello, el vehículo debe utilizarse en actividades relacionadas con la actividad profesional o empresarial. Se pueden incluir:

  • Prima del seguro.
  • Combustible.
  • Mantenimiento.
  • Peajes.
  • Aparcamiento.

Para poder desgravar estos gastos, es necesario que el vehículo esté registrado a nombre de la empresa o utilizado exclusivamente para fines profesionales.

Seguro de jubilación o plan de pensiones

Los planes de pensiones y seguros de jubilación son productos financieros que, si se cumplen ciertos requisitos, pueden desgravar en la declaración de la renta. Ahora mismo se puede deducir hasta 1.500 € por aportaciones a un plan de este estilo, o hasta el 30% de la base imponible del impuesto.

Ahora que ya sabes que puedes desgravar un seguro de vida, revisa tus seguros y sabrás si lo puedes declarar en la declaración de la renta, o no. Revísalo bien y, si no lo tienes claro, te aconsejamos que busques asesoramiento en este sentido.

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Queremos explicarte el caso de Luis Pita...

Mi nombre es Luis y mi libertad financiera es de 14 años. Es decir, si mañana dejase mi empleo, podría mantener el mismo nivel de vida sin trabajar hasta 2038.

Soy autor del best seller “Ten peor coche que tu vecino” y me has visto enseñando ahorro y finanzas personales en TVE, Telecinco, Cuatro, La 2, Telemadrid y las principales radios.

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