El blog de Pepe Promedio

¿Qué es el usufructo?

¿Has oído hablar de este término, sus tipos y sus connotaciones? Hoy te traemos un artículo con el que vas a poder entender qué es el usufructo. Esto te interesa especialmente si estás disfrutando legalmente del uso de la propiedad de otra persona, es decir, si eres usufructuario.

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Usufructo, significado

Se trata de un derecho real que el Código Civil define en su artículo 467, al establecer que es el derecho a disfrutar de un bien o bienes ajenos, pero teniendo la obligación de conservar su forma y sustancia, salvo pacto en contrario o que la propia naturaleza del bien impida esa conservación.

Implica que alguien tiene la posesión de una cosa y el derecho a disfrutar de la misma, pero no su propiedad. Surgen así dos figuras: el usufructuario, que es el titular del derecho real, y el nudo propietario, que es el propietario legal del bien pero no su poseedor.

Pleno dominio

El de pleno dominio es un concepto muy relacionado con el usufructo y que puede ayudar a entenderlo mejor. Tener el pleno dominio sobre algo implica poder disfrutar de un bien del que se es dueño, lo que implica que se tiene tanto la posesión como la propiedad.

Cuando la propiedad y la posesión recaen en manos de personas diferentes, entonces hablamos de:

  • Nuda propiedad: es el derecho de una persona a ser dueño de una cosa y ser respetado como tal, aunque no implica derecho a disfrutar (poseer) el bien.
  • Usufructo: implica disfrutar de un bien que pertenece a un nudo propietario.

Ejemplos prácticos de usufructo

Quien tiene el usufructo de una vivienda puede vivir en ella, incluso puede alquilarla y disfrutar de las rentas. Lo que no puede hacer, en ningún caso, es venderla.

Tratándose de un terreno agrícola, el usufructuario puede explotar esa tierra y quedarse con los frutos, pero no enajenarla.

Características del usufructo

  • Recae sobre un bien ajeno.
  • Implica el disfrute completo de ese bien, así como de sus frutos y rentas. 
  • Es temporal.

Tipos de usufructo que existen

Según su constitución

  • Creado por disposición legal. El único caso que existe en nuestro ordenamiento jurídico es el usufructo reconocido al cónyuge viudo, y puede recaer sobre todos los bienes de la herencia.
  • Voluntario. Se crea a través de un acuerdo entre vivos o mortis causa (mediante testamento).
  • Por usucapión. Al cumplirse los plazos y requisitos legales establecidos para adquirir un bien.

Según su objeto

Puede recaer sobre cosas materiales e incluso sobre derechos. Así que podemos distinguir:

  • Usufructo sobre cosas deteriorables.
  • Usufructo sobre cosas consumibles.
  • Usufructo sobre plantaciones arbóreas.
  • Usufructo de minas.
  • Usufructo sobre montes.
  • Usufructo sobre ganado o rebaño.
  • Usufructo sobre derechos reales.
  • Usufructo de créditos.
  • Usufructo de acciones de carácter real.
  • Usufructo de participaciones en entidades mercantiles o empresas.
  • Usufructo de cuota de un dominio indiviso.
  • Usufructo de un patrimonio.
  • Usufructo de un patrimonio hereditario.

Según su duración

  • Temporal: es el acordado para estar en vigor durante un tiempo determinado.
  • Vitalicio: se extingue al fallecer el usufructuario.

Cálculo del usufructo

Como derecho real que es, el usufructo puede ser objeto de compraventa. Porque puede ocurrir que al nudo propietario no le interese dejar sus bienes en manos de otras personas y no poder disponer de ellos. En este caso lo que puede hacer el propietario es comprar el usufructo, y para ello hay que valorarlo de conformidad con lo dispuesto en la ley.

Conocer el valor del usufructo también es importante de cara a liquidar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones.

Para calcular el valor se tiene en cuenta el 70% del valor del bien si el usufructuario tiene menos de 20 años. El valor se va disminuyendo un 1% a medida que el usufructuario cumple años hasta llegar al límite del 10% del valor total del bien.

Extinción del usufructo

Las causas que dan lugar al fin de este derecho son:

  • Muerte del usufructuario.
  • Venta del usufructo.
  • Extinción del plazo acordado.
  • Consolidación: el usufructuario se convierte en nudo propietario.
  • Renuncia del usufructuario.
  • Pérdida total de la cosa.

Ahora ya sabes qué es el usufructo, cuales son características y qué tipos existen, esto te resultará de utilidad tanto si eres el nudo propietario como si eres el usufructuario.

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