La legítima es esa proporción de la herencia de la que no se puede disponer libremente tras la muerte del testador. Por el contrario, esta herencia legítima tiene unos beneficiarios o herederos forzosos. En este artículo hablamos de este concepto jurídico que tiene relación con las finanzas personales por dos motivos. Por un lado, debe considerarse al hacer testamento; pero también por aquellos que lo reciben, ya que pueden estar en desacuerdo con el reparto.
Al fallecer una persona, sus bienes, derechos y obligaciones forman parte de su herencia. Toda esa masa hereditaria la ley contempla que debe dividirse en tres partes:
La legítima, el tercio de mejora y el de libre disposición. La primera es la que corresponde a los herederos forzosos. La mejora se destina a los descendientes directos de la persona fallecida, pero no necesariamente en partes iguales. Por último, el tercio de libre disposición es del que el testador puede disponer con toda libertad.
Así, y según el Código Civil en el artículo 806, la herencia legítima es la parte de los bienes de la cual la persona que hace testamento (o testador) no puede disponer. La ley establece que esa parte queda reservada para unos determinados herederos: los herederos legales o forzosos.
La legítima de una herencia no se puede cambiar, modificar o tocar. El testador no puede imponer sobre la herencia legítima ninguna condición o sustitución. Entonces, ¿cómo podría alguien evitar que sus descendientes hereden? La ley contempla que el testador desherede a cualquiera de los herederos forzosos, pero solo en determinadas circunstancias. Además, un heredero legal también puede renunciar a la herencia. Pero, antes de abordar estos detalles sobre la herencia legítima, es necesario establecer quiénes son los herederos forzosos.
La ley indica que los herederos forzosos son aquellos que merecen una parte de la herencia, concretamente la legítima. Por tanto, si el testamento no contempla su derecho de heredar, pueden reclamar su parte ante un juez.
Lo descendientes, ascendientes y el cónyuge, exactamente en ese orden, son los herederos forzosos. Es importante el orden, pues la ley contempla que se de prioridad a unos sobre otros. El derecho de estos herederos legales es el que sigue:
La ley contempla algunos casos en los que se puede privar de la herencia legítima a los herederos legales. Un testador puede desheredar a cualquiera de los herederos forzosos. Para formalizarlo, debe hacer testamento, expresar y fundamentar por qué se quiere desheredar a un heredero forzoso y basarse en alguna de las causas establecidas por la ley que debe ser cierta.
Estas causas están descritas en los artículos del 852 al 855 del Código Civil y se distinguen entre causas genéricas y específicas. En este último caso, podemos distinguir entre:
En caso de que haya un desheredado, sus hijos o descendientes ocupan su lugar como heredero forzoso.
Un heredero forzoso puede renunciar a la legítima, pero solo tras el fallecimiento del causante. En vida de este, cualquier renuncia se declararía nula. Para renunciar a la herencia legítima tras el fallecimiento del causante, esta debe ser clara, rotunda y explícita para que surta efecto.
Queremos explicarte el caso de Luis Pita...
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