El fallecimiento de un ser querido es una situación difícil de asimilar. Tras los primeros días, llega el momento de ir trabajando para superar el duelo y realizar trámites y gestiones para resolver todo lo relacionado con los bienes del fallecido. Esto implica, necesariamente, liquidar el impuesto a la herencia. El Impuesto de Sucesiones y Donaciones, también denominado según sus siglas ISyD, ha sido muy controvertido en los últimos años. Al estar cedido a las Comunidades Autónomas nos encontramos con importantes desigualdades. Mientras que en Madrid los impuestos por herencia son mínimos, Aragon tiene una de las tasas más altas. Pero ¿en qué consiste exactamente este impuesto y qué hay que hacer para pagarlo? Esto es lo que vamos a ver en este artículo.
Cuando una persona fallece sus derechos y obligaciones (bienes y deudas) deben pasar a ser de un nuevo propietario: el heredero. Si no hay nadie de la familia llamado a la herencia, entonces será la Administración Pública la que se haga cargo de la herencia. Si aceptamos una herencia estamos aumentando de forma directa nuestro patrimonio, de ahí que se nos cobre un impuesto específico por ello, este es el ISyD.
Aquí vienen las grandes diferencias entre Comunidades Autónomas. Cada una tiene sus propias exenciones, que pueden ser más o menos, lo que da lugar a importantes desigualdades. Por ejemplo, mientras que en algunas autonomías no se tasa a efectos de este impuesto la vivienda habitual del fallecido si el heredero la va a usar como primera residencia, en otros casos si entra dentro de la valoración del caudal hereditario, o se hace un ajuste de la tasación atendiendo a la edad del heredero. También es importante tener en cuenta que cuanto más lejano sea el parentesco más sube la cuota a pagar. Es decir, pagarás más si la herencia la recibes por parte de tu tío que si es una herencia que provenga de tus padres.
Se suele decir que algunas Comunidades Autónomas han eliminado el ISyD, pero esto es un error del lenguaje que nos puede provocar problemas si lo seguimos al pie de la letra. Es cierto que en algunas regiones se aplican tantas exenciones que al final la cuota a pagar es mínima o incluso igual a cero. Pero en todo caso el impuesto hay que liquidarlo. Es decir, aunque no te corresponda pagar nada, debes hacer las gestiones de liquidación del impuesto. No en vano, esta documentación será necesaria para que puedas hacer los trámites de aceptación de la herencia. El plazo para liquidar el impuesto es de seis meses a contar desde la fecha de fallecimiento del titular de los bienes que vas a heredar. No obstante, le puedes pedir a la Administración una prórroga de otros seis meses. Debes tener en cuenta una de las máximas de las herencias: antes de recibir debes pagar. Una de esas cosas que tenemos que pagar es el Impuesto de Sucesiones. Es decir, que vas a tener que desembolsar dinero antes de haber recibido nada, lo que puede suponer un importante perjuicio económico para ti. ¿Qué puedes hacer entonces? Lo primero, valorar bien si de verdad te compensa aceptar la herencia. Si el impuesto es demasiado alto, el fallecido tenía deudas pendientes y además no hay demasiados bienes, puede ser mejor para tu economía renunciar a la herencia. Si decides aceptarla y no tienes dinero para hacer frente al pago del Impuesto de Sucesiones, puedes valorar pedir un préstamo personal que luego podrás devolver con los bienes heredados. ¿Y si no vives en España? Si en el momento de recibir una herencia tienes tu residencia fuera del país, entonces deberás adaptarte a las disposiciones legales del Impuesto de Sucesiones para no residentes, no lo olvides.
El aumento patrimonial experimentado al recibir una herencia se tributa a través del Impuesto de Sucesiones y Donaciones, por lo que no es necesario reflejarlo después en la declaración de la Renta. Ahora bien, si esos bienes heredados han dado rendimientos de carácter económico, deberán declararse esos beneficios. Por ejemplo, si has heredado un piso de tus padres y lo has alquilado o si has puesto en un fondo de inversión la herencia de una tía lejana. A pesar de llevar aparejados una serie de gastos, en muchos casos recibir una herencia es un importante balón de oxígeno para nuestra economía, por eso deberías plantearte alternativas para sacarle partido a ese dinero. Tienes diferentes opciones de inversión que te ayudarán a conseguir la tan ansiada libertad financiera, así que no dudes en consultar con un especialista para saber cómo obtener más rendimiento de la herencia.
Queremos explicarte el caso de Luis Pita...
Mi nombre es Luis y mi libertad financiera es de 14 años. Es decir, si mañana dejase mi empleo, podría mantener el mismo nivel de vida sin trabajar hasta 2038.
Soy autor del best seller “Ten peor coche que tu vecino” y me has visto enseñando ahorro y finanzas personales en TVE, Telecinco, Cuatro, La 2, Telemadrid y las principales radios.
Si quieres disfrutar de tanta libertad financiera como yo, te interesa este curso gratuito: