El blog de Pepe Promedio

¿Está garantizado mi dinero? ¿Cómo se protegen las entidades frente a la insolvencia?

Si quieres ver tu dinero crecer la mejor alternativa es la inversión, pero es normal que sientas desconfianza e incluso miedo a la hora de depositar tu dinero en manos de terceros.
Nos hablan muchas veces de productos garantizados, ¿pero quien garantiza al que nos garantiza? En este artículo, vamos a analizar la forma en que las entidades de ahorro o inversión se cubren frente a la insolvencia.

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¿Qué es la insolvencia?

Es la incapacidad de una persona o de una entidad para cumplir con las obligaciones pecuniarias contraídas por no disponer de medios líquidos para ello.

Lo vemos mejor con un ejemplo. Imagina que tienes 10.000 € en una cuenta a plazo fijo en el banco, pero quieres recuperarlos.

Lo lógico y normal es que la entidad bancaria tenga dinero suficiente para hacerte la devolución, pero ¿y si no fuera así? Estaríamos entonces ante un caso de insolvencia.

¿Cómo puedo saber si una entidad es segura a la hora de entregarle mis ahorros?

Que no cunda el pánico, lo normal es que las entidades sean solventes y no exista problema a la hora de recuperar el dinero. Sin embargo, más vale ser precavidos. Antes de dejar tu dinero en manos de nadie asegúrate de que se trata de una entidad digna de confianza.

En el mercado existen diferentes intermediarios financieros, pero todos ellos están supervisados por tres instituciones: el Banco de España, la Comisión Nacional del Mercado de Valores y la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones del Ministerio de Economía y Hacienda.

Cada una de ellas se encarga de supervisar a diferentes entidades, pero su objetivo final es garantizar que los agentes que operan en el mercado bancario, de seguros e inversiones cumplan con unos mínimos de seguridad.

Si se considera que una entidad es totalmente legal se le otorga una autorización y entrará dentro del paraguas del protección que ofrece el Fondo de Garantía de Depósitos o Inversión. Este instrumento ofrece protección a los clientes de una entidad si la misma llega a una situación de insolvencia.

Tipos de garantías ante la insolvencia de entidades en las que depositamos nuestros ahorros

Como acabamos de señalar, la protección ante la insolvencia no es ilimitada, vamos a ver ahora los límites legales que se establecen para cada producto.

Entidades bancarias

Todas las entidades bancarias autorizadas por el Banco de España cuentan con la protección de un Fondo de Garantía de Depósitos que permite a sus clientes recuperar sus ahorros (dinero, instrumentos financieros cedidos para su depósito y valores negociables) hasta el límite de 100.000 € por cada titular

Por eso, en caso de tener más de 100.000 € ahorrados, lo mejor es tener el dinero repartido en varias cuentas en diferentes entidades.

Cabe recordar que el fondo de garantía de depósitos pudiera ser menor que la cantidad a hacer frente en caso de quiebra de la banca.

Fondos de Inversión y Planes de Pensiones

El dinero de los fondos de inversión no queda cubierto por el Fondo de Garantía, tampoco las aportaciones a los planes de pensiones.

En ambos casos están separadas la entidad que se encarga de la gestión del fondo o del plan y la entidad que mantiene el depósito. Así, en caso de quiebra de una de ellas, la otra hará frente a los pagos. Además. el patrimonio del fondo está separado del balance de la sociedad gestora, por lo que queda protegido.

El inversor es titular de las participaciones que ha adquirido del fondo o plan, no afectando a las mismas de forma directa la quiebra de la entidad depositaria.

Compañías Aseguradoras

A día de hoy no existe un fondo de garantía para los titulares de seguros en caso de que la empresa aseguradora llegue a una situación de insolvencia.

Eso sí, si la insolvencia es definitiva y se liquida la sociedad aseguradora, se puede acudir al Consorcio de Compensación de Seguros, que se encargará de la liquidación de la entidad.

Empresas de Servicios de Inversión

La herramienta aplicable en este caso es el Fondo de Garantía de Inversiones, que cubre hasta un límite de 100.000 € si la empresa se declara insolvente. Lo que no cubre este Fondo es la pérdida de valor de las inversiones que son fruto del funcionamiento normal de los mercados.

Antes de invertir, infórmate bien

Poner tu dinero en manos de terceros para conseguir un mayor rendimiento de tus ahorros no constituye un riesgo si confías en entidades legales y debidamente acreditadas. Por eso, debes informarte bien y conocer los diferentes productos de inversión y ahorro que existen.

Al contratar cualquier producto de inversión o ahorro debes prestar atención a factores como los costes asociados, pero también a los riesgos que implica.

Plantéate que posibilidades existen de recuperar tu dinero antes del plazo acordado y qué penalizaciones se aplican. Y no dudes en informarte sobre cómo se protege la entidad en caso de insolvencia.

Si tienes cualquier duda, pide que te la aclaren. Nunca deberías contratar un producto financiero que no comprendes del todo.

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¿Y AHORA, QUÉ DEBERÍAS HACER?

Queremos explicarte el caso de Luis Pita...

Mi nombre es Luis y mi libertad financiera es de 14 años. Es decir, si mañana dejase mi empleo, podría mantener el mismo nivel de vida sin trabajar hasta 2038.

Soy autor del best seller “Ten peor coche que tu vecino” y me has visto enseñando ahorro y finanzas personales en TVE, Telecinco, Cuatro, La 2, Telemadrid y las principales radios.

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