Tener una vivienda vacía hoy en día es un grave error. Con la gran demanda de pisos de alquiler que existe, y los elevados precios que están dispuestos a pagar los inquilinos, lo mejor es poner esa vivienda vacía en alquiler. Esto tiene muchos beneficios, pero no nos podemos olvidar que también implica un compromiso por parte de quién alquila. Por eso, en esta ocasión vamos a repasar las obligaciones del arrendador.
El arrendamiento o alquiler de vivienda nace a través de un contrato. La Ley de Arrendamientos Urbanos no exige que tenga forma escrita, pero es muy recomendable.
Una de las razones por las que es bueno dejar constancia por escrito del contrato de arrendamiento es para que ambas partes tengan muy claros tanto sus obligaciones como sus derechos.
Es lógico que el inquilino que va a vivir en tu casa tenga una serie de obligaciones, siendo la principal de ellas el pago de la renta, pero de este contrato también se van a derivar compromisos legales para ti que eres el propietario del inmueble. A continuación, repasamos las principales obligaciones del arrendador.
Una de las cláusulas básicas del contrato de alquiler es la que determina la duración de la relación de arrendamiento. Salvo que el inquilino incumpla con sus obligaciones, o que necesites la vivienda para ti o para un familiar, no puedes resolver unilateralmente el contrato antes de cumplirse el plazo previsto.
Muchos caseros creen que todas las reparaciones domésticas le corresponden al inquilino, pero esto es un grave error. Al fin y al cabo, el propietario de la vivienda eres tú, así que eres tú quien se debe asegurar de que el inmueble está en buenas condiciones para vivir.
Todas las reparaciones de elementos que afecten a las condiciones de habitabilidad serán tu responsabilidad y corren de tu bolsillo. Al inquilino le corresponde sufragar pequeñas tareas de mantenimiento.
Esto se ve muy bien con un ejemplo. Si se estropea la calefacción el responsable de cambiar la caldera o el termo eres tú, pero si se estropea la alcachofa de la ducha el gasto y reparación debe asumirlo el arrendatario.
El inquilino te paga una renta por vivir en tu casa, pero las obligaciones legales en cuanto a impuestos, tasas y comunidad de vecinos siguen siendo tuyas. Ahora bien, a través del contrato podéis pactar que sea él quien afronte estos gastos.
En caso de no haberlo dispuesto expresamente en el contrato, tendrás que pagar tú tanto la comunidad de vecinos como los impuestos asociados a la vivienda, sin poder repercutir este gasto en tu inquilino.
¿Has oído hablar alguna vez de la inviolabilidad del domicilio? Este es uno de los casos en los que se aplica. Una vez que alquilas tu casa sigues siendo el propietario, pero ya no tienes la posesión.
Tu vivienda pasa a ser el domicilio de tu inquilino, así que no puedes aparecer por allí cuando te dé la gana y mucho menos usar tu llave para entrar. De hecho, el arrendatario puede cambiar la cerradura libremente y no tiene por qué darte copia de ella.
Cuidado con esta obligación del arrendador, que mucha gente no la tiene en cuenta. La fianza que te paga tu inquilino al inicio del contrato no es un extra que cobras, sino una cantidad que tienes la obligación legal de guardar.
Si al finalizar el contrato la vivienda está en buen estado y el arrendatario no tiene ninguna deuda pendiente, debes devolverle la fianza íntegramente en el momento de entrega de las llaves.
Si te ha alquilado la casa una pareja con o sin hijos y la relación se rompe, tienes la obligación de permitir la continuación del alquiler si allí vive el cónyuge o pareja de hecho o bien los hijos, aunque el titular del contrato ya no resida allí. Lo que suele hacerse en estos casos es cambiar el contrato y ponerlo a nombre del miembro de la pareja que sigue residiendo en la casa.
Si estás alquilando tu casa es fundamental que cumplas con estas obligaciones que hemos señalado. En caso de no hacerlo, el arrendatario está facultado para exigirte su cumplimiento, acudiendo a la vía legal si fuera necesario.
La legislación establece obligaciones para ambas partes para que el contrato de alquiler se desarrolle con la máxima normalidad posible. No obstante, es recomendable que antes de sacar tu vivienda vacía al mercado de alquiler te asesores con un experto sobre los productos que existen para protegerte frente a los riesgos que esto implica, como el seguro de impago de alquiler.
Queremos explicarte el caso de Luis Pita...
Mi nombre es Luis y mi libertad financiera es de 14 años. Es decir, si mañana dejase mi empleo, podría mantener el mismo nivel de vida sin trabajar hasta 2038.
Soy autor del best seller “Ten peor coche que tu vecino” y me has visto enseñando ahorro y finanzas personales en TVE, Telecinco, Cuatro, La 2, Telemadrid y las principales radios.
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