Autónomos e IRPF, así funciona este impuesto para estos profesionales

Autónomos e IRPF, así funciona este impuesto para estos profesionales

3 Minutos de lectura | 12 Agosto 2024

Los conceptos de autónomos e IRPF van indisolublemente unidos. Pero son muchos los que al empezar a trabajar por su cuenta no saben muy bien cómo deben hacer la tributación y cuándo y cómo deben aplicar las retenciones en sus facturas. Por eso, hoy vamos a resolver estas dudas.

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Autónomos e IRPF, ¿funciona igual el impuesto que en el caso de los asalariados?

El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas es un impuesto de carácter estatal que grava precisamente la obtención de rentas por parte de las personas, sin importar si ese dinero procede del trabajo, son rendimientos de acciones o incluso el beneficio obtenido al alquilar un inmueble.

En el caso de los autónomos la gestión del IRPF es algo diferente a la que se hace si se trata de asalariados, porque a estos últimos se les descuenta el porcentaje correspondiente en su nómina.

Pero como el autónomo no tiene nómina, es él a través de la autoliquidación trimestral de IRPF quien debe decirle a Hacienda cuánto ha ganado, para que esta haga el cálculo de cuánto tiene que pagar.

Lo complicado de todo esto es que el autónomo retiene o no IRPF en sus facturas en función del tipo de actividad que realice y del tipo de cliente que tenga. Vamos a verlo con más detalle en el apartado siguiente para que quede más claro.

Retenciones de IRPF del autónomo

Cuando un autónomo entrega un producto u ofrece un servicio debe emitir una factura que acredite que ha hecho su trabajo y ha cobrado por ello. Esa factura contiene el precio del producto o servicio en sí mismo y el IVA. Luego, puede llevar o no retención de IRPF.

Los autónomos que desarrollan actividades empresariales (por ejemplo quienes están al frente de un negocio abierto al público: un bar, una papelería, etc.) no retienen IRPF en sus facturas. Por el contrario, los que realizan actividades profesionales y artísticas sí lo hacen (arquitectos, abogados, etc.)

Pero incluso en el caso de facturas emitidas por autónomos que realizan actividades profesionales o artísticas, no todas llevan retención de IRPF. Esta solo se aplica si el receptor de la factura es una empresa u otro autónomo, pero no si es un particular.

Vamos a verlo con un ejemplo para que quede más claro. Si eres abogado (ejerces una actividad profesional) y prestas un servicio de asesoramiento legal a una empresa, la factura que le emitas llevará retención de IRPF. Pero si tu cliente es un particular que quiere resolver un tema de una herencia, la factura que le emitas a él no llevará retención de IRPF.

¿Cuál es la diferencia entre retención o no retención de IRPF?

Si el cliente de un autónomo retiene IRPF implica que esa cantidad retenida no se la va a pagar directamente al profesional, sino que la ingresará en Hacienda como pago a cuenta de su IRPF.

Por tanto, cuando el autónomo presente su declaración trimestral de IRPF deberá indicar las cantidades que ya le han retenido y que Hacienda debe tener en su poder.

Si no hay retención de IRPF en la factura, el autónomo señalará en su declaración trimestral que no se le han practicado retenciones y tendrá que pagar la cantidad que corresponda en concepto de este impuesto.

La gestión de impuestos como el IRPF y el IVA es uno de los temas que más preocupa a los autónomos, debido en gran medida a que en España no existe una buena cultura tributaria y muchas veces no entendemos qué es lo que estamos pagando. De ahí que la mejor opción en estos casos sea dejar la gestión fiscal en manos de especialistas.

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