Gestionar y tramitar una herencia puede convertirse en una pesadilla para las personas afectadas. Al dolor por la pérdida sufrida, hay que sumar una buena cantidad de burocracia y, finalmente, el pago de los correspondientes impuestos. Este suele ser un problema para quienes heredan, y por eso cada vez se rechazan más herencias. Para que conozcas cuáles son los impuestos por la venta de una vivienda heredada, te contamos en detalle todo lo que deberás abonar al Fisco en estos casos.
Al aceptar un piso en herencia, se deben pagar dos impuestos. Además, habrá que hacer la correspondiente inscripción en el Registro de la Propiedad, y antes es necesario llevar a cabo una serie de trámites:
Este impuesto se paga al recibir cualquier herencia o donación, y es cada Comunidad Autónoma la que lo regula. Los impuestos se pagan en la Comunidad donde residía el fallecido, aunque la propiedad no esté en esa Comunidad. Por ejemplo, si tu abuelo vivía en Navarra y la propiedad está en Aragón, deberás pagar los impuestos en Navarra.
Este impuesto tiene las siguientes características:
Este impuesto debe pagarse en un plazo de 6 meses desde que se formaliza la herencia, con posibilidad de prorrogar otros 6 meses más. La prórroga debe pedirse en los 5 primeros meses y se deberán pagar los intereses de demora correspondientes.
Este es otro de los impuestos en la venta de una vivienda, heredada o de cualquier otro tipo. Se trata de un impuesto que tasa el incremento en el valor de los inmuebles. Se toma como referencia el precio en el que se adquirió el inmueble y el precio en el que está tasado el inmueble en el momento de recibir la herencia. Si el precio de venta es mayor con respecto al de compra, en el momento de recibir la herencia, se debe pagar por el incremento patrimonial.
Para calcular cuánto hay que pagar por este impuesto, se debe conocer el valor catastral del terreno de la propiedad y los años que han transcurrido desde la compra de la vivienda. Este impuesto variará según el ayuntamiento donde se gestione. El plazo para su pago es de 6 meses desde la fecha del fallecimiento de la persona que dejó el piso en herencia, con prórroga de otros seis.
Hay que tener en cuenta un dato en este impuesto: también se debe pagar cuando se hace la venta del piso, a no ser que se venda el piso durante el mismo año fiscal que cuando se aceptó la herencia. En ese caso, no será necesario pagar la plusvalía municipal cuando se efectúe la venta del inmueble.
Lo que suelen hacer los herederos es pedir la prórroga. Así, disponen de todo un año para vender la vivienda, de forma que podrán sufragar el pago del impuesto con lo que han obtenido por la venta.
En el caso de Pepe Promedio, cuando heredó la casa de sus padres, no deseaba venderla, pero no disponía de liquidez para abonar la plusvalía. Así que solicitó a la Administración un fraccionamiento del pago.
En este caso, lo que se grava es la ganancia patrimonial del heredero que se obtiene con la venta de un inmueble.
Para el cálculo de cuánto IRPF se debe pagar, se toma como referencia el valor del inmueble indicado en el impuesto de sucesiones. La diferencia que existe entre este valor y el de la venta, es la ganancia patrimonial que debe tributar. Es importante tener en cuenta que es posible introducir los gastos que se hayan derivado de tener la vivienda en propiedad (reformas, pago del IBI, etc.), así como sumar como gasto el Impuesto de Sucesiones.
El porcentaje que se paga por este impuesto oscila entre el 19 y el 23% sobre la ganancia obtenida.
Ahora bien, si el heredero convierte la casa heredada en su vivienda habitual, y un tiempo después la vende, puede disfrutar de exenciones fiscales si utiliza ese dinero para reinvertirlo en la compra de otro inmueble que vaya a utilizar como vivienda habitual. Si no utiliza todo el dinero, respecto al sobrante deberá pagar impuestos.
Estos son los impuestos por la venta de una vivienda heredada. Como has comprobado, recibir bienes en herencia también lleva unos costes añadidos. Si no quieres que estos se conviertan en un problema que te lleve a tener que renunciar a la herencia, asegúrate de sanear tus finanzas. De esta forma, tendrás liquidez suficiente cuando llegue el momento de pagar los impuestos que hemos visto.
Queremos explicarte el caso de Luis Pita...
Mi nombre es Luis y mi libertad financiera es de 14 años. Es decir, si mañana dejase mi empleo, podría mantener el mismo nivel de vida sin trabajar hasta 2038.
Soy autor del best seller “Ten peor coche que tu vecino” y me has visto enseñando ahorro y finanzas personales en TVE, Telecinco, Cuatro, La 2, Telemadrid y las principales radios.
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