Cuando se negocia una sucesión empresarial, ocurre como consecuencia la subrogación laboral. Esto ocurre con cierta frecuencia y es legal de acuerdo con el artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores. Por lo general, bajo esta figura se traslada la fuerza laboral de una compañía a otra. Pero, en realidad, ¿qué sucede con todos los derechos de los trabajadores?
Si te encuentras en esta situación, este artículo te interesa. Sigue leyendo para que conozcas qué es la subrogación laboral, cómo se aplica y cuáles son sus implicaciones para los trabajadores. Hemos incluido también un apartado de preguntas frecuentes como si hay derecho a finiquito o si la jornada laboral puede ser modificada.
La subrogación en el ámbito laboral ocurre cuando el empresario que ha firmado el contrato de trabajo traspasa el cumplimiento de las condiciones de dicho contrato a un tercero. Esta figura está contemplada en la ley y puede ocurrir por diferentes factores, como la sustitución del empresario porque se jubila, la venta o fusión de la empresa, o por el cambio de la forma jurídica de la compañía.
Es la forma más común de la subrogación laboral y se manifiesta en el Estatuto de los Trabajadores, en su artículo 44. En este caso, una compañía sustituye a otra. La nueva empresa se hace responsable de todas las obligaciones que contrajo la compañía anterior. Es decir, todos los compromisos relativos a deudas con acreedores y la continuación de las relaciones laborales con sus trabajadores.
Sucede cuando una empresa termina un contrato para prestar un servicio basado en mano de obra, como pueden ser servicios de limpieza, seguridad, mantenimiento y reparación, entre otras. Entonces, la nueva compañía que es contratada asume la condición de empleadora de los trabajadores que estuvieron relacionados con la empresa saliente.
Ocurre en casos donde una organización es contratada por un organismo público. En estos casos, en los pliegos administrativos de contratación se establece una cláusula que condiciona a la compañía a realizar una subrogación laboral. Esto quiere decir que debe garantizar la continuidad de todos los empleados que trabajan con la empresa que estaba contratada anteriormente.
Es muy frecuente y está prevista habitualmente en los convenios colectivos. En el convenio existe una cláusula que instituye la subrogación laboral de los empleados de la empresa cedente.
La empresa que contrata tiene algunas obligaciones que cumplir ante una subrogación laboral. A continuación, mencionamos algunas de ellas:
Cuando se produce la subrogación, tu nuevo jefe puede llegar a aplicar una modificación en tu salario y jornada laboral por diversas razones, ya sean técnicas o económicas. Esto solo puede suceder si se respeta el artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores y el convenio colectivo vigente.
Quiere decir que, si tú como empleado cobras un salario conforme a lo que se establece en el convenio colectivo, no podrá ser modificado por debajo de la cifra recogida en esa norma.
La movilidad geográfica de los trabajadores es una de las potestades del empresario. Por tanto, el nuevo empleador puede optar entre desplazamiento (implica un cambio de residencia temporal) o traslado (supone un cambio de residencia permanente). En este último caso, tú como empleado tienes derecho a solicitar la extinción de la relación laboral y ser indemnizado con 20 días por año trabajado.
De acuerdo con la Ley General de Seguridad Social, en su artículo 127.2, la empresa cesionaria se responsabilizará solidariamente con el pago de las prestaciones sociales de los trabajadores generadas antes de la sucesión.
Además, en el Reglamento General de Recaudación se determina la responsabilidad de la nueva empresa con respecto a su obligación de cotizar en cualquiera de los regímenes de Seguridad Social de los trabajadores por cuenta ajena.
Esto significa que tu antigüedad no será modificada, gracias a que la relación laboral no se elimina. Simplemente la nueva empresa se hará cargo de todas las obligaciones laborales, incluido el complemento del salario por tu antigüedad.
El pago de finiquito solo ocurre cuando se termina una relación laboral, ya sea porque te despiden o porque acaba el plazo de tu contrato laboral. Bajo estos supuestos puede ocurrir un finiquito o indemnización.
Sin embargo, legalmente ante una subrogación laboral no puedes ser despedido, debido a que la nueva empresa debe hacerse cargo de todas las obligaciones laborales de la antigua empresa. De ocurrir esto, podrías denunciarlo como un despido no procedente.
Por otra parte, las liquidaciones pendientes por motivos de vacaciones, bonos o salarios por paga, deberán ser pagados por la empresa saliente antes de la subrogación.
No, como empleado tú no tienes ningún poder de decisión sobre el cambio en la persona del empleador. Si la situación no te gusta, la única salida que te queda es pedir la baja voluntaria de la empresa, aunque en este caso no tendrás derecho a una indemnización ni a cobrar el paro.
Al producirse una subrogación de contrato el trabajador no firma un contrato nuevo. El documento a firmar es el informativo que la empresa facilita al trabajador. Por ello, tampoco se firma ningún finiquito conforme se rescinde un contrato.
Es obligación de la empresa realizar este trámite. Lo puede hacer en el portal online del SEPE, donde se encuentran los apartados al respecto en cuanto a la declaración de subrogación y otros supuestos.
No se firma un contrato nuevo, únicamente se debe firmar un documento en el que la empresa informa al trabajador del proceso de subrogación.
La empresa que sale debe abonar a la empresa entrante las vacaciones que tienen los trabajadores pendientes de disfrutar, en caso de que fuera necesario.
Según la jurisprudencia, la nueva empresa tiene que respetar el acuerdo que tenía el trabajador con la antigua empresa, y no es posible cambiar la forma de pago de las pagas extraordinarias si es perjudicial para el trabajador.
Si un empresario durante el cambio de titularidad de una compañía se niega a subrogar los derechos y obligaciones laborales con los trabajadores, se expone a que sus empleados lo demanden, reclamando un despido improcedente. En este sentido, los empleados podrán alegar que la relación laboral debió continuar con la nueva empresa, porque su contrato estaba en vigor antes de la sucesión.
En resumen, si la empresa donde trabajas está en puertas de una subrogación laboral, ¡no debes preocuparte! Legalmente, tus derechos laborales están garantizados. Esto implica que tu contrato no se extinguirá. La empresa entrante está obligada a continuar con todas las relaciones laborales, sin afectar la antigüedad de los empleados.
El blog de Pepe Promedio ha sido creado por el Grupo Bárymont con un objetivo: transmitir a las familias conceptos relacionados con el ahorro, inversión y cultura financiera para que te conviertas en el dueño de tus finanzas personales. Si estás interesando en que uno de nuestros Educadores Financieros contacte contigo, recuerda que no concedemos préstamos ni hipotecas, ni tratamos temas relacionados con la morosidad o búsqueda de empleo. Para consultar más información acerca de cómo un Educador Financiero te puede ayudar a tomar el control de tu futuro económico te invitamos a consultar esta página. En el caso de que quieras saber más acerca de opciones de ahorro, inversión o mejorar tu educación financiera, no dudes en solicitar una llamada con un experto en educación financiera.
Queremos explicarte el caso de Luis Pita...
Mi nombre es Luis y mi libertad financiera es de 14 años. Es decir, si mañana dejase mi empleo, podría mantener el mismo nivel de vida sin trabajar hasta 2038.
Soy autor del best seller “Ten peor coche que tu vecino” y me has visto enseñando ahorro y finanzas personales en TVE, Telecinco, Cuatro, La 2, Telemadrid y las principales radios.
Si quieres disfrutar de tanta libertad financiera como yo, te interesa este curso gratuito: