¿Vas a crear una persona jurídica? Si tienes un proyecto con otros emprendedores y ha llegado la hora de ponerlo en marcha, el siguiente paso es crear una sociedad mercantil. Es entonces cuando surge la pregunta del millón. ¿Es necesario que al inscribir a alguien como miembro de una sociedad esa persona sea autónomo?
En este artículo queremos solucionar esta duda, para que sepas exactamente cuándo estás o no obligado a darte de alta en el RETA, el régimen especial de trabajadores autónomos. Eso sí, lo primero que debes hacer es establecer cuál será tu desempeño en la futura empresa. Solo así podrás conocer si debes darte de alta como autónomo o no.
Al comenzar una actividad empresarial, deberás completar varios trámites para poner en marcha tu empresa:
En el caso de los socios y administradores de una sociedad, deberán darse de alta como autónomos solo en algunos casos y dependiendo del tipo de sociedad y cargo. Veamos cómo:
Empecemos con las sociedades de responsabilidad limitada, sociedades limitadas de formación sucesiva, sociedades anónimas, sociedades limitadas nueva empresa, sociedades de garantía recíproca, entidades de capital-riesgo y agrupaciones de interés económico:
Deberán darse de alta como autónomos los administradores o consejeros si:
La Seguridad Social considera que el trabajador de la empresa es socio si controla la sociedad o si se cumple alguna de las siguientes circunstancias:
Debe ser la empresa la que se responsabilice de:
En el caso del RETA (régimen especial de trabajadores autónomos) son los socios, consejeros y administradores los que deben encargarse de:
Una vez que has determinado que debes darte de alta como autónomo societario, hay que completar el proceso. Es más que recomendable que lo gestione tu asesoría, pero conviene que sepas cuál es el proceso.
Si eres autónomo societario debes emitir una factura para cobrar por tu trabajo. Sin embargo, no ha sido así siempre. Hasta hace unos años, este tipo de autónomo, socio y trabajador de una empresa, podía cobrar un salario.
Un nuevo párrafo en el artículo 27.1 de la Ley del IRPF establece que los autónomos que desempeñen su actividad independiente y profesional en la empresa deben emitir una factura para cobrar. Pero ¿qué hace que se considere que los rendimientos del trabajo provienen de una actividad independiente?
La Sociedad Limitada (SL) es la forma jurídica más escogida por los emprendedores para poner en marcha un negocio. La regla general nos dice que en una SL debe haber, como mínimo, un autónomo. Porque el administrador debe ser necesariamente un autónomo societario.
Esto no quiere decir que todos los socios deban reunir esta condición. Basta con que el administrador lo sea. En el caso de Pepe Promedio, en su empresa él es el socio administrador y está dado de alta en el RETA. El resto de socios, no lo están, ya que no realizan ningún trabajo en el negocio, se limitan a aportar capital.
Además, hay que tener en cuenta que la cuota de cotización a la Seguridad Social del autónomo societario no es igual que la de un autónomo “normal”. Siempre es más elevada. No obstante, ya se reconoce a estos profesionales el acceso a la tarifa plana.
Como hemos visto, si comienzas tu aventura profesional como emprendedor, deberás inscribirte como autónomo en los supuestos descritos y tener claros todos los trámites a realizar, los impuestos a asumir y las gestiones necesarias para que el proyecto funcione con normalidad. Para inscribir a alguien como miembro de una sociedad, te recomendamos que acudas a una asesoría profesional que te ayude a realizar toda la gestión porque, aunque toda esta parte administrativa es importante, quita tiempo y seguro que hay otras tareas que te motivan más. Por ejemplo, centrarte en la parte financiera. Algo que te resultará más sencillo si cuentas con un poco de ayuda.
Queremos explicarte el caso de Luis Pita...
Mi nombre es Luis y mi libertad financiera es de 14 años. Es decir, si mañana dejase mi empleo, podría mantener el mismo nivel de vida sin trabajar hasta 2038.
Soy autor del best seller “Ten peor coche que tu vecino” y me has visto enseñando ahorro y finanzas personales en TVE, Telecinco, Cuatro, La 2, Telemadrid y las principales radios.
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