El blog de Pepe Promedio

¿Cuánto cobra un autónomo de baja?

En los últimos años la regulación del trabajo autónomo ha cambiado. Han subido las cuotas de cotización a la Seguridad Social, pero a cambio ha aumentado el nivel de protección de estos profesionales. Si trabajas por tu cuenta o estás pensando en emprender, presta mucha atención a este artículo, en él vamos a ver cuánto cobra un autónomo de baja después de los últimos cambios legislativos.

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¿Qué contingencias se cobran?

Hasta la entrada en vigor del Decreto – Ley 28/2018 el autónomo solo recibía prestación en caso de contingencias comunes, que son los accidentes y enfermedades que no guardan ninguna relación con el trabajo realizado. Ahora los autónomos también cotizan por contingencias profesionales (accidentes y enfermedades relacionadas con el trabajo) y por incapacidad temporal.

La IT o incapacidad temporal es un subsidio que cubre la pérdida de ingresos mientras el afectado permanece de baja, sea cual sea la causa de esa baja.

¿Cómo se determina la prestación?

Para saber cuánto cobra un autónomo de baja prestamos atención a dos factores:

  • Base reguladora.
  • Causa de la IT.

Enfermedad común o accidente no laboral

Se cobra el 60 % de la base reguladora a partir del cuarto día de baja (los tres primeros no se cobra nada) y hasta el día 20. A partir del día 21 y hasta que finalice la baja se cobra el 75 %.

Enfermedad profesional o accidente de trabajo

Se cobra el 75 % de la base reguladora desde el primer día de la baja hasta el final de la misma.

¿Cómo se accede a la prestación?

Para poder cobrar la prestación por IT el autónomo debe estar en situación de alta en el momento de surgir la causa de la incapacidad temporal, al corriente de pago de sus obligaciones con la Seguridad Social y haber cotizado, al menos, 180 días en los últimos cinco años.

Si la baja se produce por un accidente laboral o una enfermedad profesional la prestación se cobra aunque no se cumplan los requisitos anteriores.

¿Esta cuantía es suficiente?

Un autónomo que pasa a estar de baja no solo deja de recibir ingresos por su trabajo, sino que sigue teniendo que atender a costes como el pago del alquiler del local, el pago a proveedores, la factura de la luz, etc.

Que exista una prestación de IT para autónomos de baja es un gran avance, pero no es suficiente. No debemos olvidar que en España el 80 % de los autónomos cotizan por la cuota mínima (unos 283 € al mes), lo que implica que las prestaciones por incapacidad temporal sean muy bajas y no permitan al autónomo hacer frente a todas sus obligaciones económicas.

Dado que en la mayoría de los casos la cobertura pública es insuficiente, no es mala idea que los autónomos busquen alternativas para garantizar su calidad de vida y la subsistencia de su negocio mientras ellos están de baja. Entre las diferentes opciones están los seguros para autónomos o una buena gestión de las finanzas que permita tener un colchón de ahorros con el que poder hacer frente a este tipo de situaciones.

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