El blog de Pepe Promedio

Guía: impuesto de sucesiones por comunidades

El impuesto de sucesiones es aquel que se paga por haber recibido una herencia o una donación. A pesar de tener aspectos en común, su importe varía según el lugar de residencia y otras características de la persona que recibe los bienes. En este post te contamos todos los detalles sobre el impuesto de sucesiones por comunidades

New Call-to-action

¿Cómo calcular el impuesto de sucesiones?

Para calcular el impuesto de sucesiones debes seguir los siguientes pasos:

  • Calcula la masa hereditaria bruta, es decir, el valor real de los bienes y derechos heredados, así como el ajuar doméstico.
  • A la masa hereditaria bruta debes restarle las cargas, deudas y otros gastos. Así obtendrás la masa hereditaria neta.
  • Divide entre los herederos, para saber la porción hereditaria individual.
  • Si hay seguros de vida contratados se le suman, obteniendo así la base imponible. Este es uno de los conceptos con los que hay que familiarizarse ya que el porcentaje del impuesto se aplica sobre este valor. A mayor base imponible, mayor será el importe del impuesto. No obstante todavía faltan algunos cálculos para llegar al valor definitivo:
    • Reducciones. La base liquidable es todo aquello que se puede descontar de la base imponible, tras sumar las reducciones por parentesco, por minusvalía o por la naturaleza de los bienes.
    • Porcentaje del impuesto. Este valor varía según la comunidad autónoma.
    • Aplicación de Coeficientes Multiplicadores, sujetos al grado de parentesco entre la persona difunta y la heredera. Dichos grados son:
      • Grupo I. Descendientes y adoptados menores de 21 años de edad.
      • Grupo II. Descendientes y adoptados de más de 21 años (inclusive), cónyuges, ascendientes y adoptantes.
      • Grupo III. Hermanos/as, sobrinos/as, tíos/as, suegros/as y nueras/yernos.
      • Grupo IV. Colaterales de cuarto grado (primos) y los demás grados de parentesco.
    • Deducciones y bonificaciones pertinentes a la cuota tributaria. Esto también depende de la comunidad autónoma a la que se pertenezca.

Impuestos de sucesiones en cada comunidad autónoma

Para entender mejor cómo funciona el impuesto de sucesiones por comunidades, lo ideal es clasificarlas según las regulaciones en cada grupo de edad. Nuestra intención es proporcionarte una idea general a modo de orientación, por lo que puede que debas averiguar el detalle específico de cómo funciona en tu comunidad autónoma.

Herederos del grupo I

Los descendientes y adoptados menores de 21 años, según su comunidad autónoma, se encontrarán en una de estas situaciones. 

  • Deberán pagar un importe simbólico. En  Andalucía, Asturias, Baleares, Canarias, Cantabria, Castilla-La Mancha, Galicia, Extremadura, Madrid, Murcia, Navarra y País Vasco
  • No pagarán, siempre y cuando el patrimonio no supere determinada cantidad
    • En Castilla y León o La Rioja, los 400.000€.  
    • En Aragón, los 3.000.000€. 
    • En Catalunya, se regula una bonificación del 99% al 20%. A menor base imponible, mayor bonificación.
    • En la Comunidad Valenciana, se ofrece una bonificación del 75%.

Herederos del grupo II

  • Tributación mínima. En Andalucía, Cantabria, Extremadura, Madrid, Murcia, País Vasco y Navarra.
  • Tributación mínima si no se supera un valor en la base imponible.
    • En comunidades como Castilla y León o La Rioja, 400.000€. 
    • En Aragón, 500.000€. 
    • En Asturias, 300.000€. Además, se aplica una tarifa del 21,25% al 36,50%. 
    • En Galicia, reducción de 1.000.000€, con tipos del 5% al 18%, (como referencia, la estatal llega hasta el 34%). 
    • En Canarias y en Catalunya se aplican bonificaciones inversamente proporcionales a la base imponible. 
    • En la Comunidad Valenciana la bonificación es del 50%. 
    • En Baleares la tarifa es del 1% al 20%, aplicándose el primer tipo hasta bases de 700.000€. 
    • En Castilla-La Mancha hay bonificaciones del 100% al 80% (esta última para la base liquidable que exceda de 300.000€).

Herederos de los grupos III y IV

  • En Canarias, si la cuota es menor a 55.000€, se regula una bonificación del 99,9% y el exceso se bonifica de inversamente proporcional a la cuota.
  • En Madrid se regulan dos bonificaciones: 15% para hermanos y 10% para los tíos y sobrinos por consanguinidad. 
  • En Galicia, a los discapacitados de estos grupos, les corresponde una reducción de 300.000€.
  • En Cantabria, la bonificación puede llegar al 90%. 
  • En las comunidades restantes, se aplican pequeñas reducciones.

Ahora que ya tienes una orientación sobre cómo funciona el impuesto de sucesiones por comunidades, esperamos que te sea más fácil calcularlo. En todo caso, recuerda, si necesitas ayuda para asegurar tu estabilidad financiera, no dudes en buscar asesoramiento experto.

New Call-to-action

__________________________________________________

¿Y AHORA, QUÉ DEBERÍAS HACER?

Queremos explicarte el caso de Luis Pita...

Mi nombre es Luis y mi libertad financiera es de 14 años. Es decir, si mañana dejase mi empleo, podría mantener el mismo nivel de vida sin trabajar hasta 2038.

Soy autor del best seller “Ten peor coche que tu vecino” y me has visto enseñando ahorro y finanzas personales en TVE, Telecinco, Cuatro, La 2, Telemadrid y las principales radios.

Si quieres disfrutar de tanta libertad financiera como yo, te interesa este curso gratuito:

Ver todo

Quizá te puede interesar…