¿Se puede sacar dinero antes del fallecimiento?

¿Se puede sacar dinero antes del fallecimiento?

4 Minutos de lectura | 06 Octubre 2025

Cuando una familia se acerca a un proceso de pérdida, es habitual preguntarse si conviene sacar dinero antes del fallecimiento “para adelantarse” a los trámites. La intuición empuja a actuar rápido; sin embargo, precipitarse suele traer más complicaciones que soluciones. A continuación, explicamos con un lenguaje claro qué conviene hacer, qué es mejor evitar y cómo organizarse para que todo avance de forma ordenada y con seguridad jurídica.

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¿Se puede sacar dinero antes del fallecimiento?

La respuesta práctica es no. Aunque el titular lo pida verbalmente, cualquier retirada previa queda registrada y puede ser impugnada por otros herederos o revisada por la Administración.

Una costumbre habitual es retirar importes inferiores a 3.000 euros, ya que a partir de esa cifra las entidades deben comunicar la operación a la Agencia Tributaria. Aun así, lo más aconsejable es no extraer dinero de la cuenta del titular. No sirve para eludir el Impuesto de Sucesiones y puede generar conflictos con los demás herederos.

  • Si eres autorizado (no propietario), tu permiso caduca en cuanto fallece el titular.

  • Si eres cotitular, no puedes apropiarte de todo el saldo: una parte integra la herencia y deberá repartirse conforme a testamento o ley.

  • Estas retiradas pueden provocar reclamaciones civiles, regularizaciones tributarias e incluso responsabilidades si se considera disposición indebida.

Una costumbre habitual es retirar importes inferiores a 3.000 euros, ya que a partir de esa cifra las entidades deben comunicar la operación a la Agencia Tributaria. Aun así, lo más aconsejable es no extraer dinero de la cuenta del titular. No sirve para eludir el  impuesto de sucesiones, que debe pagarse al recibir dinero de la persona fallecida y puede generar conflictos con los demás herederos.

¿Por qué se retira dinero antes de un fallecimiento?

Las motivaciones suelen ser comprensibles, pero conviene encauzarlas correctamente:

  • Miedo al bloqueo de la cuenta: el bloqueo protege la herencia; el dinero no “desaparece”.

  • Gastos urgentes (cuidado, farmacia, sepelio): mejor canalizarlos a través del banco con justificantes.

  • Creencia de que así se ahorran impuestos: los movimientos son trazables y pueden acarrear reclamaciones.

Riesgos de retirar fondos sin base legal

  • Conflictos con coherederos por perjuicio a la masa hereditaria.

  • Regularizaciones y sanciones si Hacienda detecta disposiciones indebidas.

  • Posibles responsabilidades si la operativa no está amparada.

Alternativa recomendable

  • Coordinar con la entidad pagos tasados (funeral y, en su caso, el impuesto) con cargo a la cuenta del causante, aportando facturas y justificantes.

¿Qué ocurre con el dinero de una cuenta bancaria cuando fallece su titular?

El banco nunca se queda con el dinero de la cuenta de una persona fallecida. En todo caso, lo retiene hasta que alguien lo reclame. Cuando recibe la notificación de defunción, el banco está obligado a mantener la cuenta durante 20 años, a la espera de que alguien reclame el dinero. Si nadie lo reclama, irá a Patrimonio del Estado.

Si los familiares acuden al banco a reclamar el dinero de las cuentas de la persona fallecida, el banco debe cerciorarse de que son los herederos con todas las consecuencias, antes de que puedan disponer de él. Mientras esto sucede:

  • Las personas autorizadas a realizar movimientos en la cuenta cuando el titular estaba con vida, dejan de estar autorizadas.
  • Se bloquea la cuenta. Especialmente si hay un conflicto entre los titulares de la cuenta que sobreviven y los herederos, aunque también puede que exista un contrato previo que establezca que la cuenta se bloquee si fallece su titular. En cualquier caso, la cuenta se bloquea por orden de la Agencia Tributaria, para evitar que se retire capital sin pagar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales.
  • Puede que se sigan cargando recibos, si no existe orden expresa que indique lo contrario. Estos recibos pueden ser de luz, agua, telefonía, seguros, gastos del sepelio, etc.

¿Y si la cuenta tiene más de un titular?

Si la cuenta bancaria de un familiar fallecido tiene otro cotitular, esta persona podrá quedarse con la mitad del dinero disponible en la cuenta sin necesidad de tributar a Hacienda (impuesto de sucesiones).

¿Cómo desbloquear la cuenta tras la defunción?

Cuando el titular de una cuenta muere y el banco recibe la notificación, la entidad bloquea de inmediato la cuenta para impedir operaciones o retiradas que puedan perjudicar los derechos de los herederos.

Para reactivar la cuenta y que los herederos puedan cobrar los fondos, deberán presentar ante el banco estos tres documentos:

  • Certificado de defunción, expedido por el Registro Civil.

  • Certificado de Últimas Voluntades, obtenido en el Registro de Últimas Voluntades.

  • Copia autorizada del testamento, emitida por el notario.

Como has visto, ante una situación familiar tan dura, pensar en las cuentas bancarias y el procedimiento que se debe seguir para acceder a ellas es lo que menos apetece. Sin embargo, es algo que es necesario afrontar tarde o temprano. Por eso, para que el proceso de duelo no se vea interrumpido, te recomendamos que cuentes con la ayuda de asesoramiento experto que te facilite la realización de todos los trámites.

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