El embargo de nómina se puede producir cuando existe una deuda impagada de cualquier tipo, pudiendo llegar a ejecutarse incluso por el impago de multas de tráfico. ¿Cómo pueden embargarme la nómina? ¿Cuánto me pueden retener? ¿Puedo librarme del embargo? Son preguntas muy frecuentes a las que se enfrentan aquellos que se encuentran en una situación como esta, vamos a resolverlas para que así puedas tener toda la información que necesitas.
Se considera embargo de nómina cuando un trabajador, a causa de sus deudas pendientes impagadas, ve retenido parte de su salario hasta que estas se salden. Se trata de un proceso de carácter judicial en el que existen dos partes:
El embargo del salario no se puede producir hasta que no exista una sentencia firme por parte de un juzgado o de una Administración del Estado. Una vez se haga efectiva la orden, será la propia empresa quien retenga la parte correspondiente del salario del trabajador, que será directamente ingresada a la cuenta del juzgado. La empresa tiene la obligación de acatar la sentencia si no quiere tener problemas legales.
Por otro lado, también pueden embargar parte de tu cuenta corriente si el dinero que tienes en ella corresponde a tus salarios anteriores, ya que una misma nómina no puede embargarse dos veces. Es decir, si la empresa no realiza el embargo de la nómina por cualquier causa, será el propio juzgado quien se ponga en contacto con el banco para que se haga efectiva.
La cantidad de dinero que te pueden embargar de la nómina está establecido por ley y se rige por el Salario Mínimo Interprofesional, que en estos momentos se encuentra en 1.134 €. En caso de cobrar el SMI o menos, el embargo de nómina no será posible. Si cobramos más, el porcentaje de salario que puede ser embargado va por tramos y puede ir desde el 30 % hasta el 90 %. Actualmente, los tramos están distribuidos de la siguiente forma:
Los anteriores tramos no se aplican de manera directa sobre el salario, sino que se aplican de manera proporcional a medida que nuestra nómina sobrepasa los límites mencionados. Es mucho más sencillo de entender si ponemos un ejemplo de cómo realizar el cálculo del embargo de nómina.
Imagina que tenemos una nómina de 2500 € y se aplica sobre ella un embargo judicial. Debes tener claro que siempre se toma de referencia el salario neto, es decir, lo que ganamos limpio después de las retenciones fiscales correspondientes. Para calcular la cantidad de salario que será embargado, no se aplicará directamente el 50 %, sino que se irán aplicando los diferentes tramos solamente a la cantidad con la que se van sobrepasando. En este caso sería:
Por lo tanto, el total a embargar de un salario de 2.500 € serían 491,2 €.
Como la empresa será la encargada de realizar la retención, esta deberá reflejar la cantidad embargada en la nómina de forma clara e inequívoca. Para conocer durante cuánto tiempo tendrás la nómina embargada, tan solo es necesario conocer que sepamos a cuánto asciende la deuda y la cantidad que se retiene cada mes.
Sabiendo esto, tan solo tenemos que dividir la totalidad de la deuda entre la retención, así obtendrás el número de meses necesarios para deshacerte de la deuda. También puedes utilizar algunas de las calculadoras de embargo de nómina que existen en internet, como, por ejemplo, esta de la Generalitat de Cataluña.
Este es el proceso para que te embarguen la nómina:
Lo más importante es responder a la notificación recibida.
Para terminar con el embargo de una nómina, es necesario saldar la deuda que dio origen al embargo. Estos son los pasos a seguir:
El embargo de nómina no es una situación ideal, pero es una herramienta para pagar las deudas y quedar en paz con un acreedor. Recuerda que esta información es muy general y son las normas que se siguen habitualmente. Existen muchas situaciones especiales y cada caso puede ser diferente, así que en caso de duda, lo mejor es consultar con un experto.
No hay un máximo establecido, ya que el embargo de nómina se calcula en función del salario que tenga una persona y se calcula por tramos.
No es posible que te embarguen el 100% de la nómina, ya que el embargo va por tramos y es un porcentaje de la nómina. En el primer tramo no te quitan nada, y si cobras menos del SMI no te pueden quitar nada, ya que se entiende que se necesita un mínimo para poder vivir.
No existe una cuantía por la cual no se pueda producir el embargo de nómina u otro tipo de embargo. En el momento que una persona tiene una deuda, puede ser embargada.
No solo la nómina es embargable, también los son tus cuentas o tus bienes muebles o inmuebles. Como ocurre con la nómina, no pueden quitarte todo el dinero de una cuenta, se establecen unos límites legales.
Recuerda que esta información es muy general y son las normas que se siguen habitualmente. Existen muchas situaciones especiales y cada caso puede ser diferente, así que en caso de duda, lo mejor es consultar con un experto , los cuales te ayudarán y asesorarán de forma personalizada.
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