En la declaración de la renta se deben declarar los rendimientos obtenidos mediante el trabajo. Esto es sencillo cuando se tiene una sola nómina durante el año, pero hay que tener en cuenta que existen otros ingresos. Además de la nómina, se deben incluir otros beneficios que se consideran rendimientos del trabajo y que, como tales, hay que declararlos en el IRPF. Coge lápiz y papel, ¡que empezamos!
¿Qué son los rendimientos del trabajo?
Empecemos definiendo el concepto de rendimientos del trabajo. Según el art. 17 de la LIRPF, Ley sobre el Impuesto de Renta de las Personas Físicas, “se consideran rendimientos íntegros del trabajo todas las contraprestaciones o utilidades, cualquiera que sea su denominación o naturaleza, dinerarias o en especie, que deriven, directa o indirectamente, del trabajo personal o de la relación laboral o estatutaria y no tengan el carácter de rendimientos de actividades económicas”.
Por tanto, los rendimientos del trabajo deben cumplir las siguientes características:
- Pueden ser contraprestaciones dinerarias o en especie.
- Deben derivar del trabajo personal o de una relación laboral.
- Pueden tener cualquier naturaleza, a excepción de los rendimientos procedentes de actividades económicas. Es decir, las rentas por trabajar por cuenta propia o de autónomo no se consideran rendimientos del trabajo.
¿Qué rentas son rendimientos del trabajo?
La LIRPF indica una exhaustiva lista de lo que se deben considerar rendimientos del trabajo:
- Los sueldos y salarios.
- Las prestaciones por desempleo.
- Las remuneraciones en concepto de gastos de representación.
- Las dietas y asignaciones para gastos de viaje, excepto los de locomoción y los normales de manutención y estancia en establecimientos de hostelería con los límites reglamentariamente establecidos.
- Cualquier aportación o contribución a planes de pensiones por los promotores.
- Los importes que abonan los empresarios en concepto de compromisos por pensiones, cuando las mismas sean imputadas a aquellas personas a quienes se vinculen las prestaciones.
Además de estas rentas se incluyen otras, procedentes de los sistemas de previsión social, tales como el cobro de pensiones públicas, planes de pensiones, prestaciones percibidas por mutualidades, etc. Puedes ver más en detalle este tipo de rentas en la propia LIRPF en el punto 2 del art. 17.
Otras rentas, que tendrás que declarar como rendimientos del trabajo, son las siguientes:
- Las cantidades que se abonen a los políticos por su cargo en cualquiera de las administraciones públicas, desde los concejales de un Ayuntamiento hasta los Diputados del Parlamento europeo.
- Los rendimientos obtenidos de impartir conferencias, cursos o seminarios, siempre que no se califiquen como rendimientos de actividades económicas.
- Ingresos por derechos de autor. Los ingresos derivados de derechos de autor o propiedad intelectual o patentes por obras de arte, literarias o científicas, siempre que no se califiquen como rendimientos de actividades económicas.
- Los importes que reciban los administradores o miembros del Consejo de Administración en concepto de retribuciones.
- Cualquier tipo de pensión compensatoria o por alimentos recibidas por el cónyuge, que no estén exentas por orden de un juez.
- Las remuneraciones por servicios personales, que sean fruto de un derecho especial reservado por los fundadores o promotores de una sociedad.
- Las becas, siempre que no tengan la consideración de estar exentas.
- Las retribuciones de aquellos que colaboren en actividades de asistencia social o humanitaria que hayan sido promovidas por ONGs.
- Todas las retribuciones que se deriven de alguna relación laboral de carácter especial.
Es importante señalar que estas rentas se atribuyen exclusivamente a las personas que hayan generado el derecho a percibirlas, con excepción de las prestaciones de los sistemas de previsión social, que se atribuyen a las personas en cuyo favor están reconocidas.
¿Cómo se calcula el rendimiento neto del trabajo?
El rendimiento neto del trabajo es la cantidad de dinero que un individuo recibe después de descontar todas las deducciones y retenciones aplicables a sus ingresos laborales. Así pues, para calcular el rendimiento neto del trabajo, hay que restar al rendimiento íntegro las deducciones y reducciones.
¿Cuáles son las 4 actividades económicas?
Existen 4 tipos de actividades económicas:
- Actividades primarias:
- Actividades relacionadas con la extracción y producción de recursos naturales, como la agricultura, la ganadería, la pesca y la minería.
- Los rendimientos del trabajo en este sector provienen de los salarios de los trabajadores que realizan estas labores, como agricultores, pescadores y mineros.
- Actividades secundarias:
- Actividades que involucran la transformación de materias primas en productos manufacturados o la prestación de servicios. Los ejemplos incluyen la industria fabricante, la construcción y la producción de energía.
- En estos sectores, los rendimientos del trabajo provienen de los empleados de fábricas, empresas de construcción y otros sectores relacionados.
- Actividades terciarias:
- Prestación de servicios a la sociedad. Incluye actividades como el comercio, la banca, la educación, la medicina, la hostelería y el turismo.
- En este caso, los rendimientos del trabajo llegan de los salarios de los trabajadores de servicios, como vendedores, profesores, médicos y camareros.
- Actividades cuaternarias:
- Se refiere a la gestión y procesamiento de información y conocimiento. Incluye actividades relacionadas con la tecnología de la información, la investigación y el desarrollo, la consultoría y la toma de decisiones.
- Aquí, los rendimientos del trabajo provienen de profesionales altamente capacitados, como programadores, científicos de datos y analistas de mercado.
¿Qué diferencia hay entre rendimiento de trabajo y actividad económica?
Dicho lo anterior, podemos diferenciar el rendimiento de actividades económicas y del trabajo por la manera en la que computan en la renta. El rendimiento del trabajo equivale al salario que se obtiene, y el rendimiento de actividades económicas en la renta es el resultado de la diferencia entre ingresos y gastos.
Ahora que ya conoces cuáles son exactamente los rendimientos del trabajo, podrás organizar tus finanzas y realizar tu declaración de la renta con más seguridad. Si aún te quedan dudas, puedes contactar con una persona experta que te asesorará en todo aquello que necesites para gestionar tu fiscalidad con las máximas garantías.
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