¿Tienes un trabajo por cuenta ajena y quieres ofrecer tus servicios también como autónomo? En este caso, incurrirás en la denominada pluriactividad, figura que quizá desconoces. Para aclarar tus dudas, te hemos preparado este artículo.
Como hemos apuntado, la pluriactividad es tener un contrato por cuenta ajena (y, por tanto, estar dado de alta en el Régimen General de la Seguridad Social) y al mismo tiempo ser autónomo o trabajar por cuenta propia en otras actividades económicas (para lo que, además, debes estar de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, o RETA).
En este punto es importante diferenciar pluriactividad y pluriempleo: el pluriempleo implica trabajar, a la vez, para dos o más empresas, pero siempre cotizando en el Régimen General de la Seguridad Social.
La pluriactividad, pues, se da cuando un autónomo lleva a cabo su propio negocio y, al mismo tiempo, trabaja para una empresa. Esto es algo más habitual de lo que parece. Es el caso típico de los profesionales sanitarios, que trabajan en un hospital o ambulatorio y, a la vez, tienen su propia consulta privada.
Ante una situación de pluriactividad es necesario informarse bien sobre las obligaciones con la Seguridad Social, ya que estar de alta en ambos regímenes es perfectamente compatible e, incluso, se puede disfrutar de bonificaciones del 50% en la cuota de autónomo.
La Ley de Emprendedores incluye interesantes reducciones para nuevos autónomos que pasen a estar en situación de pluriactividad.
De este modo, los nuevos autónomos contratados por cuenta ajena a jornada completa se beneficiarán de:
Por otro lado, los nuevos autónomos contratados por cuenta ajena a tiempo parcial cuya jornada sea superior al 50%, se beneficiarán de:
Si el autónomo lo desea, puede optar por bases de cotización más altas, hasta llegar a la máxima. Para poder acceder a estas reducciones es necesario cumplir con dos requisitos:
Con la entrada en vigor del sistema de cotización para autónomos basado en ingresos reales, quienes estén en pluriactividad también deben acogerse a él. Serán los rendimientos de su trabajo por cuenta propia los que determinen cuánto se debe cotizar al RETA.
Además de las bonificaciones, es fundamental saber cómo cotizar pluriactividad, además de otros aspectos clave en situaciones de pluriactividad.
Si cotizas en varios regímenes pero no tienes derecho a pensión en uno de ellos, las bases de cotización en el último periodo de pluriactividad se podrán acumular a las del régimen al que se tiene derecho pensión, solo en este caso, para determinar la base reguladora. Eso sí, siempre que la suma de las bases no exceda al límite máximo de cotización vigente en cada momento.
Como ves, la pluriactividad establece que es perfectamente compatible ser asalariado y autónomo. Por lo que, si te surge la posibilidad, no dudes en darte de alta en ambos regímenes. Eso sí, te recomendamos que consultes un servicio de asesoría, para que estés al día de los impuestos y puedas disfrutar de las bonificaciones a las que tengas derecho.
Queremos explicarte el caso de Luis Pita...
Mi nombre es Luis y mi libertad financiera es de 14 años. Es decir, si mañana dejase mi empleo, podría mantener el mismo nivel de vida sin trabajar hasta 2038.
Soy autor del best seller “Ten peor coche que tu vecino” y me has visto enseñando ahorro y finanzas personales en TVE, Telecinco, Cuatro, La 2, Telemadrid y las principales radios.
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