¿Sabías que una vivienda puede dejarse en herencia o bien donarla? Existen múltiples razones para una y otra opción, pero la mayoría de expertos apunta a que uno de los factores que ayudan a tomar la decisión es la conveniencia económica. En este post te contamos qué es la donación con usufructo y cuáles son sus ventajas.
Actualmente los jóvenes cada vez tienen menos acceso a la vivienda, mientras que las personas mayores son las principales propietarias. De ahí que algunas de ellas decidan donar su vivienda en vida y disfrutar del usufructo sobre la misma. Es el caso de la donación conusufructo vitalicio, una fórmula de posesión de una propiedad de forma parcial.
Llegados a este punto puede que te preguntes “¿es mejor optar por una donación en vida de mis bienes, donación con usufructo, o dejarlos en herencia?” La segunda opción sigue siendo la más utilizada, porque es la menos cara, pero no siempre es la mejor opción. Veamos por qué.
Según el Código Civil, una donación es un “un acto de liberalidad por el que una persona dispone gratuitamente de una cosa a favor de otra, que la acepta”.
Aunque parece que la donación con usufructo es un regalo sin ningún coste, está gravada con impuestos. Se trata de gravámenes tanto para el donante como el donatario:
El donante puede reservarse el usufructo de la vivienda, o del bien donado, y transmitir solo la nuda propiedad. En este caso, el donatario no dispone del pleno dominio de la propiedad, sino que ello solo sucederá cuando se produzca el fallecimiento del donante o si el donante renuncia al usufructo.
En este caso, la ley contempla que los gastos en los que se incurre por el disfrute de la vivienda, como el agua, la luz o el gas, debe pagarlos la persona que vive en ella, es decir, el donante. Sin embargo, los gastos extraordinarios, como las derramas comunales, serán responsabilidad del nudo propietario o donatario.
La nuda propiedad es el derecho que tiene una persona sobre una cosa de la que es propietaria pero que, sin embargo, no puede usar, vender, gravar, hipotecar ni disponer.
En su lugar, es una tercera persona la que posee y disfruta el bien, e incluso, si se trata de una vivienda, puede alquilarla y cobrar las rentas, pero no venderla. Esto tiene como resultado el derecho de usufructo.
Es el caso del usufructo vitalicio, que muchas personas mayores deciden adoptar cuando venden la nuda propiedad de su vivienda, pero se reservan el usufructo. Así pueden seguir viviendo en su casa, pero reciben una compensación a cambio de su renuncia a la nuda propiedad.
Una figura diferente a la que estamos analizando, pero que puede llegar a confundirse, es la donación del usufructo.
En esta relación jurídica hay una persona que tiene el usufructo sobre un bien, y lo que hace es donar ese derecho a quien ostenta la propiedad sobre el bien (el nudo propietario). De esta forma, se consolida el dominio. El propietario del inmueble tiene ahora el derecho de propiedad y también la posesión.
Por lo general, dejar los bienes en herencia resulta más barato que donarlos. Pero también hay excepciones. Donar la vivienda reservándose el usufructo puede resultar beneficioso para quien acepta la donación, por dos motivos:
Por lo tanto, el donante debe ser consciente de que, al regalar su vivienda, la pierde (en propiedad). En este caso, podría ser que la persona que reciba la vivienda le dé un uso indeseado.
El padre de Pepe Promedio quería dejar el reparto de sus bienes listos antes del fallecimiento, y lo ha hecho a través de la donación con usufructo a su hijo. Ahora Pepe es el propietario de la vivienda, así consta en el Registro de la Propiedad, pero su padre tiene derecho a residir en la misma durante lo que le reste de vida.
Ante una donación con usufructo todas las partes deberán pagar, tanto el donante como el donatario.
Si donante y donatario residen en diferentes comunidades autónomas, hay que tener en cuenta que, si la donación es de dinero, se aplican los impuestos de la comunidad autónoma donde resida el donatario, mientras que si se trata de un inmueble se aplicarán los impuestos de la comunidad autónoma del donante.
En Madrid, Andalucía, Extremadura, Castilla y León, Castilla La Mancha, Murcia, Canarias, La Rioja, Aragón, Cantabria, Principado de Asturias y Galicia, el donatario puede deducirse, como mínimo, un 80% de lo que debería pagar.
Por ejemplo, en Madrid, el donatario solo debe pagar el 1% del impuesto sobre donaciones de padres a hijos. Además, si el inmueble donado tiene más de 25 o 30 años, el impacto del IRPF para el donante se reducirá significativamente, gracias a diferentes reducciones fiscales.
En Cataluña, la donación a descendientes directos de una primera vivienda habitual o dinero destinado a comprarla se bonifica en un 95%, con un máximo de 60.000€ (120.000€ si el donatario tiene un 65% o más de discapacidad). No sucede lo mismo con las donaciones de dinero, que no se benefician por ninguna circunstancia, sino que se aplica el impuesto total según la base liquidable, oscilando entre el 5% y el 7%.
En caso de tener dudas sobre si es mejor dejar en herencia o hacer una donación con usufructo, lo mejor es acudir a un experto. Evaluará cada opción y elegirá la mejor, en base a la situación familiar y social de la persona interesada. Si necesitas ayuda para poner en orden tus finanzas y tomar decisiones de cara al futuro, déjate aconsejar por expertos.
El blog de Pepe Promedio ha sido creado por el Grupo Bárymont con un objetivo: transmitir a las familias conceptos relacionados con el ahorro, inversión y cultura financiera para que te conviertas en el dueño de tus finanzas personales. Si estás interesando en que uno de nuestros Educadores Financieros contacte contigo, recuerda que no concedemos préstamos ni hipotecas, ni tratamos temas relacionados con la morosidad o búsqueda de empleo. Para consultar más información acerca de cómo un Educador Financiero te puede ayudar a tomar el control de tu futuro económico te invitamos a consultar esta página. En el caso de que quieras saber más acerca de opciones de ahorro, inversión o mejorar tu educación financiera, no dudes en solicitar una llamada con un experto en educación financiera.
Queremos explicarte el caso de Luis Pita...
Mi nombre es Luis y mi libertad financiera es de 14 años. Es decir, si mañana dejase mi empleo, podría mantener el mismo nivel de vida sin trabajar hasta 2038.
Soy autor del best seller “Ten peor coche que tu vecino” y me has visto enseñando ahorro y finanzas personales en TVE, Telecinco, Cuatro, La 2, Telemadrid y las principales radios.
Si quieres disfrutar de tanta libertad financiera como yo, te interesa este curso gratuito: